Absuelto el sindicalista Pedro Galeano para el que el fiscal pedía tres años de prisión

Este miércoles 21 de diciembre se ha conocido el veredicto del juicio contra Pedro Galeano, sindicalista de la comarca del Henares y de la FSC-CCOO Madrid, que ha sido absuelto por el Juzgado de la Penal número 4 de Alcalá de Henares de los delitos que se le imputaban por parte del fiscal que pedía una pena de 3 años de prisión y una multa de 5.800 euros. El juzgado considera que no se han acreditado los hechos por los que se formuló la acusación al sindicalista.

Foto de Comisiones Obreras

  • Pedro Galeano, es un empleado del área de Obras del Ayuntamiento de Coslada, miembro del comité de empresa durante 30 años, que fue detenido durante la jornada de huelga del 29 de marzo 2012, mientras formaba parte de un piquete informativo situado en la zona del Puerto Seco de Coslada.

  • El fiscal pedía una pena de 3 años de prisión y una multa de 5.800 euros.

El juzgado considera que no se han acreditado los hechos por los que se formuló acusación a Pedro Galeano, ya que en el acto del juicio oral no se acredita que el día 29 de marzo Pedro se pusiera agresivo y que agrediera a ningún agente. El juez califica de vagas las versiones dadas por los agentes del cuerpo nacional de policía y estas impiden elaborar un relato lógico de cómo sucedieron los hechos, ni existen pruebas sobre las agresiones denunciadas.

Pedro Galeano participo en la huelga general del 29 de marzo de 2012 que, según la nota distribuida por Comisiones Obreras  “estaba motivada por la situación general de destrucción del empleo, el debilitamiento del modelo social, la pobreza y el crecimiento de la desigualdad en sus diversas manifestaciones, el retroceso de las libertades. Pedro Galeano, acudió a la huelga porque es un sindicalista de clase, un luchador que ha demostrado durante todo este proceso su decisión y su compromiso con la clase trabajadora y con sus derechos“.

  • CCOO Henares cree necesario tras esta sentencia recordar que todavía quedan sindicalistas investigados y que es necesario conseguir ya la derogación del artículo 315.3 del Código Penal.

Foto cedida por Comisiones Obreras
Foto cedida por Comisiones Obreras

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