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Una vez conocido que la ciudad de Alcalá de Henares pasará a situación de confinamiento selectivo, la pregunta es ¿Qué se puede hacer a partir de ahora?
- Crónica gráfica de Ricardo Espinosa Ibeas y Pedro Enrique Andarelli para ALCALÁ HOY
Ya se conocían las restricciones de la Comunidad de Madrid en las 45 Zonas Básicas de Salud que pasaron a situación de ‘confinamiento selectivo’ la pasada semana por orden del gobierno regional. Sin embargo, ahora son diez municipios de la región los que sufrirán restricciones, entre ellos Alcalá de Henares, por normativa del Ministerio de Sanidad.
Por tanto, a partir de este viernes 2 de octubre a las 22:00 horas, las entradas y salidas de Alcalá de Henares quedaban restringidas, salvo en situaciones concretas: por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.
Las reuniones familiares y sociales en espacios públicos y privados se limitan a un máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes. Esta medida ya es aplicable en toda la Comunidad de Madrid.
Respecto a los lugares de culto, el aforo se reduce a un tercio de su capacidad. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas si se trata de espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados.
El aforo en los comercios baja al 50% y su cierre general será a las 22:00 horas, a excepción de: farmacias, centros médicos, veterinarios, gasolineras y otros establecimientos considerados esenciales.
En la hostelería se elimina el consumo en barra y se limita el aforo al 50%. Solo podrá haber 6 comensales en cada mesa y todos deberán cerrar al público a las 23:00 horas, impidiendo la entrada de nuevos clientes desde las 22:00 horas. Como excepción, a partir de esa hora se seguirá pudiendo servir y recoger comida a domicilio.
En lo que se refiere a los centros de enseñanza no reglados, como academias o autoescuelas, el aforo también se reduce al 50% y la actividad presencial se limita a grupos de 6 personas máximo, con las oportunas medidas de distancia de seguridad.
Asimismo, podrán utilizarse las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como en interior, siempre que no se supere el 50% del aforo y en grupos de máximo 6 personas.
Controles informativos antes que procedimientos sancionadores
Pero, aunque la orden entre en vigor, no se puede sancionar a los ciudadanos hasta que los tribunales se pronuncien sobre ello, debido al recurso interpuesto por la Comunidad de Madrid, según ha aclarado el consejero del gobierno regional de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid, Enrique López.
En cualquier caso, siempre según López, los operativos de control serán los mismos que en las Zonas Básicas de Salud (ZBS) confinadas en la región la pasada semana. Es decir, durante los primeros días, habrá controles informativos. Una vez ratificadas las nuevas restricciones por los jueces, se pasará a aplicar procedimientos sancionadores.