Por su parte, el Ministerio ha aprobado el 97,3% de las de las solicitudes que han sido tramitadas. A fecha 15 de abril, solicitaron la prestación extraordinaria de cese de actividad, alrededor de 1.016.670 autónomos.
Esta prestación tiene una cuantía de un mínimo de 661 euros y estarán destinados a aquellos autónomos que coticen en la base mínima. Traducido en términos porcentuales, la cuantía de la prestación supone el 70% de la base reguladora.
Analizando por comunidades autónomas, donde más solicitudes se han presentado ha sido en Andalucía (19,5%). Seguida a Andalucía, se encuentra Cataluña con un 15,4%. Les sigue en la lista la Comunidad Valenciana con 12,9%, Madrid con 12,4%, Galicia con 6,2%, y Castilla y León con 5,2%. Por otra parte, tanto en Castilla-La Mancha como en Canarias se ha registrado el mismo porcentaje, un 4,4%.
Mucho más reducidos son los porcentajes registrados en otras comunidades autónomas. Entre ellas, País Vasco con 3,2%, Murcia con 3%, Extremadura, Aragón, Asturias y Baleares, con porcentajes de solicitud por encima del 2,5%. En la misma línea, los porcentajes registrados en otras comunidades son Cantabria con 1,4%, Navarra con 1% y La Rioja con 0,7%.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha señalado que hay un desajuste temporal en los datos, una vez han sido segregados por comunidades. Indicando que la suma total es más baja.
Además de la prestación quedan exentos del pago de la cuota
Además, apunta que los autónomos que reciban la prestación tras el pago de la primera mensualidad, se les devolverá de oficio la cuota. Trámite que se realizará por parte de la Tesorería de la Seguridad Social.
La prestación tiene duración de un mes, pudiéndose ampliar hasta el día que finalice el estado de alarma. Esta prestación “busca proteger la falta de ingresos de los autónomos en esta situación excepcional y contribuir a la supervivencia de su negocio”.
Pueden acceder a ella, los autónomos que estén inscritos en el régimen correspondiente. Han de estar afectados por el cierre de los negocios, que determina el estado de alarma por el Covid-19. Además, para tener derecho a la prestación, la facturación del negocio ha de haber caído un 75%, en relación a la media del anterior semestre.