Se constituye la Plataforma de Interinos y Temporales del Ayuntamiento de Alcalá de Henares

La Plataforma de Interinos y Temporales de Alcalá de Henares agrupa a un colectivo de trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento en situación de interinidad o temporalidad que, sin vinculación política o sindical, "proclaman y defienden las justas reclamaciones de las administraciones públicas sobre los que se ha ejercido un abuso de contratos y nombramientos".

Foto de Pedro Enrique Andarelli
  • El pasado día 4 de septiembre se constituyó en el salón de actos de la Casa de los Lizana de Alcalá de Henares la plataforma PITA (Plataforma de Interinos y Temporales del Ayuntamiento de Alcalá de Henares).
Fotos de Pedro Enrique Andarelli

Este pasado jueves día 3 de octubre trabajadores municipales celebraban una asamblea general convocados por la sección sindical de la CGT en el salón de actos del Centro de Salud de la calle Santiago, en la que el abogado del estado en excedencia Javier Araúz invitado por la plataforma PITA, dió una charla sobre el abuso en la contratación temporal de trabajadores públicos y la posible reclamación de fijeza como sanción al mismo.

Desde PITA se defienden y reclaman los principios de no discriminación y estabilidad en el empleo proclamados por la Unión Europea; reclaman la sanción administrativa de fijeza para todos los empleados y empleadas interinas y temporales del Ayuntamiento de Alcalá de Henares con nombramientos o contratos que superen los 24 meses.

La Plataforma además rechaza el denominado ‘Acuerdo para la mejora del empleo público’ que a nivel estatal los sindicatos mayoritarios firmaron con el gobierno en el año 2017; igualmente rechazan los recientes acuerdos de consolidación y estabilización a los que ha llegado la Corporación municipal del Ayuntamiento con algunas secciones sindicales.

La plataforma insta a la consolidación de los empleados públicos en fraude de ley del Ayuntamiento de Alcalá de Henares a través , únicamente, de procesos de concurso de méritos tal y como prevé el art. 61.6 del TREBEP en su segundo párrafo y en consonancia con los pasos iniciados por otras Administraciones locales y autonómicas.

Defiende además los servicios públicos de calidad y la estabilidad en el empleo de sus trabajadores como única garantía de la independencia, imparcialidad y objetividad en el ejercicio de la función pública.

La Plataforma insta a la Corporación Municipal y a las diversas organizaciones sindicales a sumarse al manifiesto público dirigido a políticos, medios, sindicatos, asociaciones, vecinos y sociedad en general en favor de un trabajo digno, estable y de calidad.

 

 

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1 Comentario

  1. pero a partir de cuantos meses se considera Fraude, en todos lados veo la neceisdad de reclamar pero en ningun lado ni al señor Javier Araúz le he visto, decir a partir de cuando; 24m, 36……….

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