- Ayudas para la conciliación familiar en periodos no escolares.
Objetivos: favorecer el acceso a las alternativas de conciliación familiar y laboral, a través de ayudas destinadas a mejorar las condiciones de acceso y mantenimiento del mercado laboral de aquellas familias con menores, que precisan apoyo para ello.
Población destinataria:
- Familias con menores a cargo (entre 0 y 12 años) cuyos miembros adultos (mayores de 18 años) se encuentran en situación de alta laboral o en período de formación / itinerarios de búsqueda de empleo, que precisan de apoyo para la conciliación de la vida familiar y laboral.
- Familias con hijos/as con discapacidad, menores de 21 años, cuyos miembros adultos se encuentran en situación de alta laboral o en período de formación / itinerarios de búsqueda de empleo, que precisan de apoyo para la conciliación de la vida familiar y laboral.
- Referencia normativa: Ordenanza Reguladora del procedimiento de concesión de prestaciones y ayudas sociales de carácter económico (consulta en página Web de Ayto).
Requisitos específicos (a fecha de la solicitud):
Todos los miembros adultos de la unidad de convivencia, deberán acreditar encontrarse en alguna de estas situaciones:
- Encontrarse en situación de alta como trabajadores por cuenta ajena o propia (autónomos), en cualquiera de las modalidades legalmente establecidas.
- Encontrarse en una situación en la cual la posibilidad de acceder a un contrato de trabajo precisa contratar servicios para el cuidado de los menores.
- Estar incursas en un programa de formación para el empleo desarrollado o financiada, total o parcialmente, por el SEPE u otra Administración Pública o entidad legalmente acreditada.
- Cuantía máxima de subvención: 300 €/menor.
Ayudas conciliación familiar para cuidadoras de personas con discapacidad y/o dependencia
Objetivo: Evitar situaciones de saturación y deterioro de los cuidados, a través de estrategias alternativas, que permitan el respiro familiar y facilitar el descanso vacacional al entorno familiar y cuidadores habituales.
Población destinataria:
- Personas valoradas como Dependientes (grado II y III) que precisen del apoyo permanente y/o habitual de un cuidador/a.
- Personas mayores de 21 años, con diversidad funcional superior al 65%, que conviven permanentemente con familiares y precisan supervisión permanente.
- Personas mayores de 80 años, que precisan supervisión
Referencia normativa:
- Ordenanza Reguladora del procedimiento de concesión de prestaciones y ayudas sociales de carácter económico (consulta en página Web de Ayto).
- Requisito específico: Descanso vacacional comprendido entre julio y septiembre del año en curso.
- Cuantía máxima de subvención: 1.000 €/persona beneficiaria.
Puntos de información
La solicitud y la percepción de las prestaciones conllevará obligatoriamente la celebración de entrevistas individuales o familiares con los técnicos de Servicios Sociales. Para cualquier información y petición de cita:
Tlf: 91 888 33 00 / Extensiones: 8200-8231-6960-8206-8236
Mail: infosociales@ayto-alcaladehenares.es
Centro de Servicios Sociales Plaza de Navarra C/ Sigüenza, s/n.
Oficinas Auxiliares del Centro de Servicios Sociales Avd. Virgen del Val, 21
Servicios Sociales Centrales Plaza de los Carros C/ Cardenal Cisneros, 11