Los juzgados de lo social declaran fijos de plantilla a los trabajadores temporales del Ayuntamiento de Alcalá de Henares

Las sentencias judiciales pronunciadas por los Juzgados de lo Social de Madrid hasta la fecha están todas ellas declarando el carácter fraudulento de la práctica de reiteración de los contratos anuales del Ayuntamiento de Alcalá de Henares y, en consecuencia, estaban declarando que todos ellos son “indefinidos no fijos”. Sin embargo, sentencias más recientes están declarando que los trabajadores son fijos de plantilla.

Foto de Pedro Enrique Andarelli
  • Algunos de ellos llevan más de 15 años de temporalidad, renovándoseles anualmente sin la consideración de parte del Ayuntamiento de fijos de plantilla.
Luis Suárez Machota.

El Ayuntamiento de Alcalá de Henares tiene un Centro Municipal de Atención a la Drogodependencia sito en el C/ Santiago de la ciudad complutense, que gestiona la atención sanitaria a los drogodependientes. Se nutre con los fondos de la Comunidad de Madrid y del propio Ayuntamiento, para lo que firman anualmente “convenios de colaboración” y ello desde hace una veintena de años, sin que el ayuntamiento ni la comunidad de Madrid acaben integrando a sus trabajadores en la plantilla orgánica municipal.

En el Centro trabajan médicos, psiquiatras, diplomados en enfermería, psicólogos y un trabajador social. Todos ellos accedieron al puesto de trabajo por convocatoria pública, bien por concurso de méritos o concurso oposición. A todos ellos el Ayuntamiento les hace firmar contratos laborales temporales cada año, a todos se les finiquita el 31 de diciembre y al día siguiente, 1 de enero, suscriben un nuevo contrato anual. Algunos de ellos llevan más de 15 años de temporalidad, renovándoseles anualmente sin la consideración de parte del Ayuntamiento de fijos de plantilla.

Hartos ya de esa continua temporalidad y ante esta repetida actuación fraudulenta del Ayuntamiento de Alcalá, dichos los trabajadores encargaron al despacho de Abogados laboralista de Luis Suárez Machota, la interposición de los procesos judiciales para que les reconociera su carácter de fijo de plantilla.

En los procesos judiciales referidos a los trabajadores del centro de atención a los drogodependientes de Alcalá, las sentencias judiciales pronunciadas por los Juzgados de lo Social de Madrid están declarando el carácter fraudulento de la práctica de la reiteración de los contratos anuales del Ayuntamiento de Alcalá de Henares y, en consecuencia, estaban declarando que los trabajadores son “indefinidos no fijos” es decir, que ocuparan la plaza de manera indefinida hasta que se convoquen el proceso selectivo idóneo, por lo que no deben soportar la suscripción anual de contrato.

Sin embargo, sentencias más recientes están declarando que los trabajadores son fijos de plantilla, ya que la práctica laboral de contratación del Ayuntamiento de Alcalá de Henares infringe plenamente la Directiva de Consejo la Unión Europea relativa al Acuerdo Marco del CES, la UNICE y CEEP sobre trabajos temporales, y en concreto la cláusula quinta, de medidas destinadas a evitar la utilización abusiva de contratos suscritos, pues no hay razón objetiva que justifiquen la renovación de tales contratos, por lo que en base a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3-6-2021 y sobre todo, teniendo en cuenta que han accedido a su empleo público por un sistema selectivo legal y constitucional, se les declara fijos de plantilla.


Proceso de consolidación de empleo que el Ayuntamiento de Alcalá de Henares

Ello supone que dichos trabajadores no deberán verse afectados por el proceso de consolidación de empleo que el Ayuntamiento de Alcalá de Henares tiene en fase de acuerdo con los sindicatos del Ayuntamiento. El ayuntamiento ha recurrido las sentencias y en al menos uno de los casos, el recurso está suspendido por unas preguntas al respecto del Tribunal Superior de Madrid al Tribunal de la Unión Europea.

La situación de precariedad de estos trabajadores en su contratación está enmarcada en el contexto de los casi un millón de empleados públicos de España con interinidad constante, sin que el Estado, las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos, en este caso el de Alcalá, hayan convocado los sistemas de selección adecuadas.

Esta inseguridad en el empleo ha dado lugar a movilizaciones de los trabajadores públicos ante el riesgo de ser despedidos, bien anualmente o tras la convocatoria de los sistemas selectivos del personal de la administración, lo que ha dado lugar a que el gobierno actual haya pactado con los sindicatos y partidos políticos un proceso legal recogido en la Ley 20/2021, de medidas Urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

En este mismo contexto, se enmarcan los procesos de estabilidad y que, en el caso de Alcalá de Henares, supone la cobertura de varios centenares de puestos de trabajo del Ayuntamiento que hoy están cubiertos de trabajadores temporales y que el gobierno municipal está negociando con las centrales sindicales.

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