Los controladores de los parquímetros ya pueden multar a los patinetes, bicis y motos mal aparcados

Los patinetes eléctricos ya se han convertido en un vehículo más para desplazarse por nuestra Comunidad. Por ello, a partir de este sábado la DGT prohíbe circular con vehículos de movilidad personal por aceras, usando el móvil o auriculares y podrán someter a los conductores a test de alcoholemia y drogas

Foto de Ricardo Espinosa Ibeas
  • La DGT prohíbe desde este sábado circular con vehículos de movilidad personal por aceras, usando el móvil o auriculares y podrán someter a los conductores a test de alcoholemia y drogas.
  • Fotos de Ricardo Espinosa Ibeas para ALCALÁ HOY

Tres imágenes del vehículo mal estacionado bastarán para tramitar las multas, que tendrán una horquilla desde los 30 hasta los 200 euros, en función de la gravedad de la infracción. Junto con la fotografía, los controladores deberán incluir la hora en la que se cometió el hecho punible. Al ser vehículos compartidos de alquiler, la denuncia recaerá sobre la empresa a la que pertenezca ese patinete o «segway», quienes, a su vez, repercutirán el importe en el infractor.

Hasta 200 euros de multa

Además, los patinetes o los «segway» son desde este sábado considerados como un vehículo más a ojos del reglamento de la DGT a todos los efectos. Esto implica que están obligados a cumplir las normas de circulación, como hacen los coches o las motos y, por tanto, deberán someterse a las pruebas de alcohol y drogas. En caso de dar positivo, podrán ser sancionados con entre 500 o 1.000 y el patinete quedará inmovilizado por los agentes.

También tienen vetado el uso del teléfono móvil mientras se conduce o el de cualquier otro medio de comunicación que implique levantar las manos del volante. Su incumplimiento acarrearía una sanción de 200 euros, según el reglamento de Tráfico. En este sentido, se extiende la prohibición de conducir mientras se usa cascos o auriculares para escuchar música o hablar por teléfono. En caso de ser cazados por las autoridades también serán propuesto para sanción, una infracción que está cuantificada con otros 200 euros. De estas nuevas restricciones quedan excluidos los vehículos motorizados que usan las personas con movilidad reducida.

A partir de este momento se abre, además, un plazo de dos años para que los propietarios de los vehículos de movilidad personal obtengan un certificado de circulación para acreditar que cumplen con los requisitos técnicos que se incluirán en el manual de características que recogerá una resolución de la DGT. Esta es solo una primera regularización de las nuevas formas de movilidad, ya que la DGT prevé aprobar más adelante una nueva normativa que regule más aspectos como la edad para conducir patinetes, el uso de casco o chalecos reflectantes, entre otros aspectos.

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