Estado de alarma ¿ Qué se puede y no se puede hacer en Alcalá de Henares ?

Se permite la entrada y salida del municipio de Alcalá de Henares, por estar excluida la ciudad del Real Decreto 900/2020, de 9 de octubre, del Gobierno de España pero continúan vigentes todas las demás medidas preventivas de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.

Foto de Pedro Enrique Andarelli
  • Se permite la entrada y salida del municipio y todas las demás restricciones permanecen vigentes.

Se permite la entrada y salida del municipio de Alcalá de Henares, por estar excluida la ciudad del Real Decreto 900/2020, de 9 de octubre, del Gobierno de España. Continúan vigentes todas las demás medidas de la Orden 1273/2020, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se establecen medidas preventivas en determinados municipios de la Comunidad de Madrid.

Las reuniones familiares y sociales en espacios públicos y privados se limitan a un máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes. Esta medida es aplicable en toda la Comunidad de Madrid.

Se mantiene el aforo en lugares de culto a un tercio del aforo disponible, siempre respetando la distancia de seguridad de 1,5 metros y garantizando siempre el uso de mascarilla.

En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas si se trata de espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados.

 

El aforo en los comercios se mantiene  al 50% y su cierre general será a las 22:00 horas, a excepción de: farmacias, centros médicos, veterinarios, gasolineras y otros establecimientos considerados esenciales.

En la hostelería se prohíbe el consumo en barra y se limita el aforo al 50%. Solo podrá haber 6 comensales en cada mesa y todos deberán cerrar al público a las 23:00 horas, impidiendo la entrada de nuevos clientes desde las 22:00 horas. Como excepción, a partir de esa hora se seguirá pudiendo servir y recoger comida a domicilio.

En lo que se refiere a los centros de enseñanza no reglados, como academias o autoescuelas, el aforo también se reduce al 50% y la actividad presencial se limita a grupos de 6 personas máximo, con las oportunas medidas de distancia de seguridad.

Asimismo, podrán utilizarse las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como en interior, siempre que no se supere el 50% del aforo y en grupos de máximo 6 personas.

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