El Gobierno impone una moratoria en las hipotecas durante la crisis del coronavirus

El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros de este martes un nuevo paquete de medidas económicas para atajar el impacto del coronavirus que incluye una moratoria en el pago de la cuota de las hipotecas. “Ninguna persona en una situación difícil será desahuciada de su casa” en esta crisis, planteó el presidente Pedro Sánchez.

  • En conjunto, el Gobierno ha anunciado hoy que movilizará 200.000 millones de euros para hacer frente a la crisis del coronavirus. Asimismo, los autónomos afectados y empresas que realicen ERTE no deberán pagar cuotas de la Seguridad Social.

 

Tras el primer Consejo Extraordinario de Ministros virtual de la historia, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado una moratoria en el pago de las hipotecas para personas que se encuentren en situación de desempleo así como para trabajadores, empresarios y autónomos que hayan reducido sus ingresos durante la crisis del coronavirus.

Fuentes del Ejecutivo matizaron que la medida no será universal y que tendrá limitaciones. El borrador que está discutiendo el consejo de ministros señala que la moratoria está limitada “a quienes padecen extraordinarias dificultades para atender el pago como consecuencia de la crisis del Covid-19”. Ese colectivo es el que “se encuentre en los supuestos de vulnerabilidad económica establecida” en el real decreto que se prepara.

Se considera que un cliente está en situación de vulnerabilidad cuando “el deudor hipotecario pase a estar en situación de desempleo o, en caso de ser empresario profesional, sufra una pérdida sustancial de sus ingresos o una caída sustancia de sus ventas”. También se considerará que es beneficiario de esta medida los clientes que hayan rebajado sus ingresos hasta el equivalente a a tres veces el IPREM anual de 14 pagas”. El IPREM está situado en 7.519,59 euros anuales.

Otra manera de considerar a un deudor como vulnerable es “cuando el esfuerzo que representa la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,3” a causa de la bajada de ingresos. Si se trata de un autónomo, podrá considerarse vulnerable si ha sufrido “una caída” de al menos del 40% de sus ingresos. El borrador con el que trabaja el Gobierno es que la moratoria no “devengarán intereses”.

Flexibilización de la aprobación de los ERTE

En el mismo Consejo de Ministros se ha aprobado también la flexibilización de la aprobación de los ERTE, tanto en su procedimiento como acortando los plazos. También se ha dado la concesión a los afectados de la prestación por desempleo, sin tener en cuenta su cotización previa, y que no compute de cara al futuro (contador a cero). El objetivo: lograr paliar la sangría de la destrucción de puestos de trabajo.

Cuando se aplica un ERTE, los trabajadores pasan al paro de manera temporal. El contrato queda suspendido y los afectados cobran la prestación de desempleo –el 70% de la base reguladora–. En cuanto al contador a cero, supondría que los trabajadores no gasten parte de sus derechos acumulados pese a que cobren durante el tiempo que dure el ERTE una prestación.

En otro ámbito, se aprobaría una línea de avales públicos para que la banca privada ponga a disposición de las empresas créditos por un importe de 20.000 millones de euros, ampliables a 50.000 millones.

Medida sociales y de libre circulación

El presidente ha extendido su discurso a las medidas sociales asegurando que se ha adaptado el Real Decreto de la declaración del Estado de Alarma, aprobado el pasado sábado en Consejo de Ministros, en los siguientes puntos:

  • Limitación de la libertad de circulación de las personas no solo a las vías de uso público sino también a otros espacios de uso público como, por ejemplo, las playas.
  • Las actividades permitidas deben realizarse de manera individual salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores de edad, personas mayores o exista otra causa debidamente justificada.
  • Se permite que abran al público los siguientes establecimientos: sanitarios y centros o clínicas veterinarias, la actividad de peluquería se limitará a los servicios a domicilio y dentro de las actividades permitidas, la autoridad competente podrá limitar cualquiera de ellas que pueda suponer un riesgo de contagio.
  • Se habilita al Ministerio de Sanidad para modificar, ampliar o restringir las actividades permitidas de manera que se pueda responder con rapidez y eficacia a situaciones no previstas en el propio decreto.

 

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