Luis de Santiago, candidato a la secretaría general de Podemos en Alcalá de Henares, presenta un recurso al Comité de Garantías

El candidato a la Secretaría General de Podemos de Alcalá de Henares, Luis de Santiago, ha presentado a media mañana un recurso ante el Comité de Garantías de la Comunidad de Madrid para que revierta la decisión del Comité Electoral de invalidar su candidatura.

Foto remitida
  • Luis de Santiago: “Me he enterado de la decisión sobre mi candidatura por “la prensa y esa es una gran deslealtad con la organización”.
Foto remitida por la candidatura de Luis de Santiago

Se han vulnerado varios derechos, pero sobre todo se ha incumplido la Ley de Partidos que dicta que en un proceso como el abierto tengo derecho a defenderme antes de que se tome una decisión”.

De Santiago sigue adelante con su campaña para ser secretario general de Podemos en Alcalá de Henares, puesto que  el Comité Electoral no tiene esas competencias. “Vamos a seguir trabajando para que lo que unos quieren que no ocurra poniendo palos en nuestras ruedas nosotros consigamos que ocurra con los votos de las personas que quieren un Podemos diverso, que no sea la fotocopia de un dirigente y que converse y colabore con todas las personas y colectivos que defienden el cambio que tiene que llegar en 2019 a todos los municipios que todavía no lo han tenido”.

Principales argumentos

Los principales argumentos del escrito que ha presentado Luis de Santiago son los siguientes

  • La decisión del Comité Electoral no me ha sido comunicada como establecen los estatutos, pero en cambio sí ha sido filtrada a la prensa, algo que incumple los estatutos de Podemos, que recogen y especifican la confidencialidad de las comunicaciones.
  • El Comité Electoral debe ser un órgano de probada independencia, tanto en su composición como en su funcionamiento. El que ha tomado la decisión que me afecta fue compuesto mediante un sorteo que no fue público y se celebró sin luz y sin taquígrafos. Un Comité Electoral que no se ha preocupado de que se conozca públicamente el censo de personas inscritas, por lo que no ha velado por las garantías del proceso interno.

Incumplimiento de la Ley de Partidos: Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos.

Según su Artículo 3. Obliga a los partidos políticos a incluir en sus estatutos su punto 2 letra s: “El régimen de infracciones y sanciones de los afiliados y el procedimiento para su imposición, que deberá instruirse de forma contradictoria y en el que deberá garantizarse el derecho del afiliado a ser informado de los hechos que dan lugar a su incoación, a ser oído con carácter previo a la imposición de sanciones y a que el eventual acuerdo sancionatorio sea motivado”.

“En este caso no se me ha permitido ningún tipo de alegación, o defensa, por parte del Comité Electoral que se ha autoinvalidado al no respetar la norma fundamental que diga cómo debe ser el funcionamiento democrático de un partido político”, concluye De Santiago.

Esta tarde participará en Alcalá de Henares en un acto sobre municipalismo junto a los diputados de Podemos: Raquel Huerta, Jazmín Beirak y José Manuel López

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