- El Partido Popular quiere que Alcalá de Henares reivindique la figura de una alcalaína, Francisca de Pedraza, la primera mujer en España que se enfrentó a dos Tribunales para denunciar los malos tratos de su marido y, en consecuencia, obtener su divorcio.
Francisca de Pedraza presentó el 28 de julio de 1620 ante el canónigo de la Colegial de la villa de Alcalá la primera demanda de divorcio por la violencia y las humillaciones de su marido contra ella; no era un divorcio como se entiende hoy en día, más bien era la posibilidad de poder tener un domicilio distinto al de su marido, donde no sufriera diariamente su brutalidad. Esa primera demanda, en la que los testigos confirmaron la existencia del maltrato, tuvo sentencia el 16 de septiembre de 1620 y en ella se determinaba pedir a Jerónimo Jaras, marido de Francisca, “que de aquí adelante trate bien y amorosamente” a su mujer.
Tras continuar la violencia, Francisca interponía el 6 de julio de 1622 una nueva demanda de divorcio ante la corte arzobispal y volvía a repetirse la ratificación por parte de multitud de testigos del sufrimiento y peligro que para la vida de Francisca representaba la convivencia con su marido; el vicario general dictaminó el 13 de octubre del mismo año una amonestación contra Jerónimo Jaras para que “de aquí en adelante trate a la dicha su mujer con mucho amor […] y no le haga semejantes malos tratamientos”.
A pesar de este segundo revés, que le suponía casi una condena a muerte y a pesar de haber enfermado gravemente, Francisca de Pedraza continuó luchando. E incluso después de nuevos pronunciamientos de las autoridades que le obligaban a hacer “vida maridable”, Francisca acudió a una de las más altas instancias, el nuncio del Papa ante los reinos de España, que autorizó llevar el caso ante la Audiencia Escolástica de la Universidad de Alcalá de Henares.
Habían pasado diez años de maltrato continuado y correspondió resolver al afamado jurista Don Álvaro de Ayala, primer colegial con los grados de licenciado en Derecho Canónico y Civil. La sentencia fue clara, diáfana y novedosa: quedaron revocadas las resoluciones anteriores, se permitió la separación, se dictaminó que Jerónimo Jaras devolviera la dote entregada en el matrimonio y se concedió una precursora orden de alejamiento para que no inquietara a esta heroína accidental.
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